jueves, 25 de febrero de 2010

¿Tus testigos o los míos?

De entrada, pensar que los testigos son distintos si los ofrece Usted o los ofrezco yo, es un error garrafal y sin embargo, en materia jurídica, en México, es lo más común.

Lo cierto es que tenemos un hecho, lo que Usted quiera y tenemos personas que supieron del mismo, que fueron testigos oculares o simplemente, que participaron en los propios hechos.

Entonces, a la hora de los litigios, los abogados aleccionan a las personas y les dicen lo que han de expresar ante la autoridad, básicamente, ante la autoridad laboral. Por eso, son distintos los testigos del patrón a los del trabajador.

Además, el patrón tiene en su poder, la potestad de ordenar que el trabajador acuda a desahogar la diligencia, advertido que un yerro, implica la pérdida de la confianza y por supuesto, la separación del empleado de su puesto de trabajo.

Sin embargo, aquí es donde yo le pido a Usted, mi querido lector, me ayude a encontrar la razón o causa del problema.

¿Qué pasa cuando el patrón plantea de un modo las cosas y ordena a sus trabajadores que mientan ante la autoridad?

¿Ahí, qué debe hacerse? ¿Es válido que el patrón provoque la conducta delictiva de sus obreros, ávidos de conservar el empleo, mientras están ciertos de que el patrón los obliga a declarar falsedades? Más aún, ¿qué sucede cuando el patrón les ordena que digan tal o cual cosa, sabiendo el empleado que es falso lo que se le ordenó decir?

Una cosa son los problemas éticos, los de moral, lo que implica como individuo saber que se está actuando bien o mal y otra, muy distinta, es saber que se incurre en un delito por parte del empleado, conducta típica antijurídica que, al ser mayor de edad, no podrá decir que “es que el patrón me mandó”.

Además, acabo de estar en una de esas pruebas en las que la empleada, que no funcionaria, el día anterior había tenido problemas de salud derivados de un embarazo que se interrumpió y obvio, gozaba de una incapacidad médica expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social. Sin embargo, eso, al patrón poco le importó y ordenó que fueran por ella a su casa para presentarla en la audiencia, en la que por cierto, fueron contestes los testigos del patrón, es decir, declararon lo mismo, tanto en lo que obviamente estaban aleccionados, como aquello que surgió de las repreguntas, en las que el apoderado del actor obtuvo todo lo que quiso, incluyendo la certeza de la existencia de tarjetas de asistencia, lo que la empresa había negado, la existencia de horas extras, lo que también habían negado y otra serie de situaciones que escaparon del control de los abogados patronales.

Lo interesante en este caso es que en mi opinión, queda en responsabilidad del patrón acreditar las condiciones de trabajo, tanto en lo que legalmente se le impone, como en aquello que excede de lo legal, pues si bien el obrero debe acreditar la existencia de la prestación, también es cierto que sólo el patrón puede demostrar los pagos, horarios, jornadas, vacaciones y demás de las condiciones de trabajo.

Hacer que comparezcan a juicio empleados y obreros renuentes, que lo único que obtienen es un mayor odio a la empresa y buscar la forma de terminarla, me parece un abuso de las empresas y además, una práctica insana de la autoridad.

¿Acaso lo que vean los testigos de uno va a ser distinto a lo de los testigos del otro? Se supone que son los mismos hechos, que si existió el hecho, debe ser conocido. La apreciación de los hechos en conciencia corresponde al juzgador. La forma de relatarlos, a las partes.

En esos términos, la autoridad no puede apreciar los hechos en conciencia, ni puede dictar un laudo a verdad sabida y buena fe guardada, cuando el patrón ha mostrado todo, menos buena fe.

Y créame, más de uno se va a ver retratado en esta nota. Cuando menos, los que fueron al asunto de las abejitas, sí.

Me gustaría conocer su opinión.

Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini.
Comentarios: jmgomezporchini@gmail.com

lunes, 22 de febrero de 2010

Un profeta en su tierra. Irene Ruedas Sotelo.

Irene Ruedas Sotelo ha escrito para ella y para los demás, Las Cosas Juzgadas. Lo que ya pasó, lo que ya fue y que ha quedado como verdad cierta.

Es un libro en el que relata su historia, sus andanzas por el mundo y su muy particular forma de vivir la vida. Me consta que ha tratado de vivir plenamente, a pesar de contratiempos que ahora, cuando las cosas han sido juzgadas, se desvela que algunas, no valían la pena.

Y ha tratado de mostrar su verdad a los cuatro vientos, de gritar su lucha, su afán por destacar con todos los pesares en contra: a pesar de ser mujer, a pesar de estar sola, a pesar de no sé qué más pesares, muchos de ellos falsos.

Y ahí radica su valor como documento, como verdad, como reseña de una vida que ha logrado grandes alturas y ahora, ante su gente, ante su pueblo, en su propia casa, Zacatecas, presenta la Tercera Edición de Las Cosas Juzgadas. Y lo hace como ha hecho muchas cosas en su vida: de lujo.

Y eso, mi querido lector, es parte de mostrar al mundo que la gente ha triunfado en la vida. No el triunfo interno, el que vale, el que día a día nos vamos construyendo cuando nos aceptamos como somos y tratamos de mejorar, pues cada paso a lograrlo en un triunfo, una victoria interna que sólo quien la vive sabe lo que vale. No, me refiero al triunfo que la sociedad exige a sus miembros, al que los cánones sociales ordenan, al que se consigue cuando todos te reconocen como triunfador, lo que es una de las cuestiones que más nos cuesta a los mexicanos: reconocer el logro ajeno, aceptar que alguien ha conseguido una victoria.

Ese tipo de triunfo es el que ahora celebra Irene, cuando ante su gente, en su Zacatecas que tanto quiere y presume, me consta, tiene el orgullo de presentar su texto por conducto de dos plumas de la más elevada calidad: el Lic. Jaime Santoyo Castro, y el Dr. Ramón Durón Ruiz, el Filósofo de Güemez.

Sé de clara manera que esta nota es parcial totalmente. Es decir, carece de objetividad. No puede ser de otro modo, pues mi cariño por Irene, mi amistad de largo tiempo con Ramón, me impide encontrar defectos. No puedo ser objetivo si yo soy parte de esa Tercera Edición, si yo vi la forma en que se armó y participé del nacimiento en la Editorial Elsa G. de Lazcano, S.A. de mi amigo Omar Lazcano de esta Tercera edición que ahora pone Irene en sus manos.

Además, al Maestro Santoyo, a quien aún no he tenido el placer de conocer personalmente, sé de él por Irene, por sus obras y por sus notas, lo he leído y he sabido de la forma en que pretende hacer de este mundo, uno un poco mejor. Sé que busca un nuevo México más fuerte y más vigoroso y que lo hace pluma en mano y con una gran sapiencia en el derecho, oficio en el que destaca.

Con esos antecedentes, ¿cómo no ha de ser Irene Ruedas Sotelo profeta en su propia tierra?

Me gustaría conocer su opinión.

Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini.
Comentarios: jmgomezporchini@gmail.com

sábado, 20 de febrero de 2010

La paja en el ojo ajeno.

Entre las normas de conducta más extendidas que existen en el mundo, está aquella vieja sentencia bíblica que reza: - hay quien ve la paja en el ojo ajeno mas no la viga en el propio-.

Y sí, es mucho más común de lo que Usted, mi querido lector, se pudiera imaginar, que seamos capaces de darnos cuenta de lo que nosotros, en nuestra arrogancia, estimamos defectos en los demás y no somos capaces de advertir que nosotros mismos estamos llenos, plenos de vicios y yerros que con la mayor tranquilidad nos pueden ser arrojados a la cara.

Es increíble cómo, aún entre personas que se ostentan como cargadas de la más alta religiosidad, puede existir el pecado de la soberbia y sentirse superiores a los demás, cuando no son capaces de soportar el menor rasguño en sus corazas pues aparecen de inmediato, los errores que pretende ocultar a la vista de los demás.

Una persona puede decir y tratar de dictar normas de conducta a su alrededor sin saber que ella misma carece de muchas de las conductas que la sociedad exige como obligatorias para una sana convivencia humana.

Ahora bien, ¿qué hacer en caso de que alguien, sin ser llamado, emita su opinión en un asunto que no le concierne, que le es ajeno y que no le corresponde opinar? Mandarlo por un tubo, es lo primero que podríamos decir. Sin embargo, tal vez sea más elegante ignorarlo. Tal vez sea más correcto y demuestre mayor y mejor educación, que no cultura, dejar pasar la ofensa. Si aplicamos la ley de ojo por ojo y diente por diente, para mañana habría un mundo de ciegos y chimuelos.

Duele saber la crítica. Definitivamente. Sin embargo, enfrentarse a la crítica es saber que puede uno mejorar. ¿Y el crítico? Ese, si lo hace con buenos afanes, no con soberbia, te habrá ayudado a crecer y él mismo crecerá contigo, en una relación ganar-ganar.

Cuando la crítica es ofensiva, metiche, bajuna, ruin y tú sabes que el crítico tiene muchos, pero muchos más defectos que tú… no vale la pena atenderlo. Habrá de encontrar su lugar en el mundo, solo. La vida se encarga de ubicar a cada uno en el lugar que le corresponde.

Si no, al tiempo.

Me gustaría conocer su opinión.

Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini.
Comentarios: jmgomezporchini@gmail.com

viernes, 19 de febrero de 2010

Un viaje accidentado.

Hace varios meses, recibí la muy elogiosa invitación del Coordinador de Posgrado en Derecho en la Universidad Autónoma de Guerrero, para asistir a impartir cátedra de nueva cuenta, en el esplendoroso puerto de Acapulco. Ya sabrá Usted, mi querido lector, que invitaciones como esa no pueden dejarse desatendidas. A preparar los temas, a armar las maletas y a tener listo todo.

Entre los preparativos de viaje, está la adquisición de boletos. En esta ocasión, me comentó el Coordinador que los logró conseguir con mejores precios para la Universidad de Guerrero, la que paga el costo de los viajes, en Viva aerobús, compañía aérea de bajo costo. Así es como deberían actuar los encargados de administrar los dineros ajenos: con la máxima diligencia y buscando siempre el mejor interés de la Institución. Hasta ahí, vamos bien.

Ya en ocasiones anteriores había volado por Viva aerobús y no había tenido mayor problema. Cierto, como utilizan un formato de aerolínea copiado de un modelo europeo, los asientos no se asignan, si no que conforme van llegando los pasajeros van obteniendo su asiento. Craso error.

En Europa, bastante más educados que nosotros, sí puede resultar eso de que primero los de la letra A y luego los de la B y los que siguen. ¿Acá? El día del viaje aquello parecía batalla campal por obtener un lugar. Las señoras, esas muy elegantes que platican que van a la boda de Cachis o de Monis y resulta que luego, entre la espera, se entera uno que no tienen invitación, o los señores, que hacen llamadas ordenando la compra de toda la canela de Italia o el acero de Alemania y negocios así de fabulosos pero que vuelan por Viva aerobús, sin lugar asignado y luego se entera uno que su celular no está prendido… ¿para qué le sigo?

Lo cierto es que a la línea aérea le falta organización. Todos, los de la tercera edad que fueron empujados por los más elegantes, los que realmente necesitaban de los lugares para personas con capacidades diferentes y en los que estaban personas que lo que tenían diferente era el cerebro, pues creo que no tenían; los que venían con niños que tranquilamente podían haber formado parte de un ejército infantil o de las tropas de Atila, el de los Hunos; todos, en suma, molestos con la línea. A nadie logró convencer.

Eso sí, como estamos en México, lo que te dicen al quejarte: -Vaya a Profeco si no está de acuerdo. Tenemos abogados para eso-. Y tú, simple mortal, lo único que haces es aguantarte.

Eso sí, conocí a Pablo, de 15 meses, que según su papá “-nada más lo canso y hablamos de política-”, lo que motivó que su esposa se riera y yo… me quedé esperando hablar de política. Pablo cansó al papá, a la mamá, a cuanto mortal andaba cerca y todavía le sobró batería. Creo que era el que venía manejando el avión, digo, por la cantidad de “baches” en que caímos y la forma de despegar y aterrizar.

La pregunta que ahora me hago y a Usted dirijo, mi querido lector: ¿Debe uno aguantarse lo que Viva aerobús le quiera hacer o puede y debe uno quejarse?

¿Es válido que según “por políticas de la empresa” le dejen sin otorgarle un lugar y luego, a los que pagaron más, como en las líneas caras, los dejen subir primero? ¿Es correcto que con letras de las chiquititas anoten que si Usted rebasa 10 kilos de equipaje, deba pagar cantidades que pareciera que sólo un político de alta escuela podría pagar? ¿Es correcto que le cobren por imprimir Usted el boleto? ¿Por formarse en la fila de los A, B, C o D, como si fuera integrante de Un Mundo Feliz de Aldous Huxley?

Eso es lo que quiero que sepa. Que mientras nuestros medios de transporte tengan formatos europeos, es decir, ajenos a nuestra idiosincrasia y además, mal copiados, que mientras no sepamos la forma de hacer las cosas de manera correcta, seguiremos siendo un país de cuarta o más abajo. Que vendan sin asignar lugar, pero a la hora del vuelo, se vayan asignando conforme vayan llegando, inclusive, reservando para los que pagaron más, una determinada cantidad de lugares, pero darle a cada uno un número de asiento, para evitar las rebatingas, problemas, insultos entre pasajeros y obvio, a la línea, que parece que se gana todos y más.

Y, la verdad, eso no es lo que quiero para mi México. Me gustaría tener unas líneas aéreas competitivas, eficientes, bien estructuradas, en las que los aviones no estén “todos fregados” como diría mi hijo o en los que los retrasos para abordar, no sean de más de tres horas y sin rubor ni pena alguna.

El día que sepamos exigir puntualidad, eficiencia, buena atención y demás, ese día habremos dado un paso en pos del futuro.

Mientras sigamos con Viva aerobús, mientras sigamos así… así habremos de seguir. Y yo eso no quiero.

Me gustaría conocer su opinión.

Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini.
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lunes, 15 de febrero de 2010

Entre lo legal y lo justo.

Hace tiempo bulle en mi mente la diferencia tan marcada entre lo legal y lo justo. No es lo mismo lo legal que lo justo. No pueden serlo. Estamos hablando de dos términos que pertenecen a dos distintos géneros.

Mientras el primero, lo legal, atañe directamente a lo tangible, a lo que podemos demostrar, a lo que puede ser acreditado, lo justo está sólo en nuestra mente, en la intención, en los sentidos.

He venido haciendo saber a mis alumnos que el derecho es de sentimientos, que el derecho nace de la sensación de que lo que hacemos es correcto, que sólo aquello que sentimos es bueno puede ser llevado a plasmarse en ley, pues de lo contrario, podremos obtener una norma legal, pero no justa.

Voy a tratar de demostrarlo.

Usted, cumplido, paga sus impuestos y sabe que quien los pague fuera de término tendrá una sanción, pues así lo dice la ley. Usted por eso paga, para evitar el pago extra o la sanción que aparece en la norma. Pero resulta que el nuevo funcionario público decreta que los pagos de esos impuestos tendrán una rebaja del cien por ciento en multas, recargos y actualizaciones y además, con pagar sólo el sesenta por ciento del impuesto referido habrá cubierto su carga impositiva. Podrá ser legal, pues existe una ley que así lo establece, pero no es justo. Usted pagó a tiempo, sabiendo que existía una sanción para el que no pagara. No se vale que después, le cambien las reglas del juego. No se vale que premien al incumplido y castiguen al justo.

Por eso los mexicanos no cumplimos, pues siempre estamos esperando que aparezca una nueva ley que nos dispense de nuestra obligación.

Igual. Una señora vive veinte o treinta años con su marido pero luego se divorcian. Ella se queda con la casa, pero no tiene bienes de fortuna para mantenerla y está a la expectativa de lo que le dé el que fuera su marido. Pero él se casa con una chamaca de apenas cuarenta años y en plena luna de miel, recuerde que se casó, él muere.

La pensión y todos los derechos derivados de la relación laboral del de cujus, que significa el señor que murió, son para la nueva esposa, pues así lo establece la legislación o derecho positivo. ¿Y la que fuera su esposa por más de veinte o treinta años, qué? Cierto, se divorciaron… pero… ¿así sin más ni más se va a quedar la segunda con todos los derechos y la primera sin beneficio alguno?

Tal vez sea legal, pero no es justo.

El señor que promueve un juicio para rescatar a su menor hija o hijo secuestrado por una caterva de maleantes que al final, logra que los encuentren y sólo se entera por la prensa que les dieron un castigo de tres días sin ver la tele y veinte pesos de multa… si a tanto llega la ley. Es legal, pero no es justo.

En cambio, si a alguien le dejan averiadas las sentaderas pero tiene dinero para ponerlas de todos los tonos a cada rato o cuando menos, cada vez que las quiera lucir como nuevas, ese alguien podrá demandar y de inmediato habrá logrado excitar al órgano de administración de justicia, pues poderoso caballero es don dinero, si no, cuestión de preguntarle a Quevedo, que hasta un verso le compuso en tales términos.

Luego entonces, si la diferencia entre lo legal y lo justo está en la apreciación que cada uno podemos tener de lo que se nos manda, lo correcto será permitir que gente del pueblo, de la que sabe el día a día de lo que sucede en la vida, sea la que intervenga en la elaboración y redacción de las leyes.

Pues, ¿de qué nos sirve enviar a un genio a redactar las leyes, si no sabe que para trasladarse al trabajo se hacen dos horas en servicio público de transporte, si bien les va, pues nuestro legislador, el que confunde gimnasia con magnesia, sólo se ha transportado en coche importado, de los de cuatro aritos o de estrella de tres puntas, de esos que no aparecen en los lotes donde fían los carros pero sí, donde los prestan a seis meses sin intereses, sin pagos?

Necesitamos legisladores que sepan que pueblo es vivir sólo con el producto del trabajo y además, explicarles que trabajo es todo esfuerzo destinado a obtener satisfactores, por lo que cualquiera que tenga que comer, debe trabajar.

Además, decirles que empleo es gozar de la protección de alguien que te permite disfrutar de seguridad social, de horario de entrada y salida, de la protección de la legislación del Trabajo, que debería ser Ley Federal del Empleo, pues lo que protege son los empleos, no los trabajos.

A esos, en nuestro México, no los protege nadie.

Me gustaría conocer su opinión.

Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini.
Comentarios: jmgomezporchini@gmail.com
www.mexicodebesaliradelante.blogspot.com/

lunes, 8 de febrero de 2010

Una Reforma Fiscal.

Quiero comentar con Usted mi estupor y decepción por lo que se ha manejado ante el Congreso como Reforma Fiscal. Esperaba mucho más. Se habló de un "flat tax", que significa una sola tasa de impuesto sobre la renta, pero no es así. Se habló de proteger al trabajador, pero van sobre el asalariado. Se dijo que habrían de crear incentivos para las industrias, pero parece que quieren acabarlas. Pretenden acabar con la informalidad, pero lo cierto es que van a hacer que cada vez existan más manejo de efectivo y menos controles.

Para tratar de hacerle partícipe de mis sentimientos, déjeme empezar por el principio.

De conformidad con los teóricos de la metodología, cuando uno va a comentar algo, debe empezar por definir las palabras clave, pues si por alguna razón el interlocutor no comprende lo que se expresa, toda la idea se pierde en el vacío.

La primera palabra a analizar es reforma. ¿Qué significa reformar? Debemos considerar el verbo en infinitivo, es decir, con la terminación ar, er o ir, que son las únicas que autoriza y recoge nuestra lengua.

Reformar, según Juan Palomar de Miguel, en su "Diccionario para Juristas", significa "Rehacer, volver a formar. Restaurar, reparar, reponer, restablecer.… Corregirse, enmendarse, arreglarse”.

Con los anteriores significados trataré de empezar diciendo que, como mexicano, esperaba que la Reforma Fiscal anunciada, es decir, que los cambios que se harían al Fisco, otra palabra clave, habrían de implicar una situación más equitativa. Con esta ya son dos.

Fiscal implica relativo al fisco. Fisco, según el mismo autor, significa: "En la antigua Roma, tesoro del príncipe, oponiéndolo a erario, tesoro público. Significa también, Erario, tesoro público, Patrimonio del Estado". Equitativo, a su vez, implica: "Que tiene equidad". Equidad: "Igualdad de ánimo. Bondadosa templanza habitual; propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, mas que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley".

Ahora sí, vamos a empezar. La Reforma fiscal debe ser en base a equidad, es decir, que pague cada uno conforme a lo que tenga y reciba a su vez, conforme necesite. Ello quiere decir que el que más tenga deberá pagar más y recibir menos y el que menos tenga deberá recibir más y pagar menos.

En derecho se conoce como "Trato igual a los iguales y trato desigual a los desiguales". Eso es la equidad.

Reforma implica cambio profundo. Tirar las paredes del templo para edificar uno nuevo. Si no se hace de tal suerte, Usted y yo sólo veremos lo que coloquialmente se conoce como una "manita de gato".

Así siento yo la propuesta de reforma fiscal, con minúsculas.

Si se trata de reformar, debemos cambiar lo que esté mal y hacer lo nuevo que sea necesario para tener un mejor sistema.

Si ya decidimos reformar el sistema de pago de impuestos, que va conformando el erario (que ya sabemos que es el tesoro público), vamos a buscar un mecanismo que permita que crezca el erario, no el fisco (que ya sabemos que es el tesoro privado del príncipe o gobernante).

La riqueza de las naciones está en la riqueza de sus habitantes. No puede haber un país rico cuando todos y cada uno de sus habitantes están en pobreza extrema. No es ético, no es moral y no es equitativo.

Para lograr que exista riqueza en los habitantes, al gobierno le corresponde establecer los medios para que aquella pueda producirse.

Vamos, la función del gobierno es alentar la participación privada en cuanto sea posible y la pública en cuanto sea necesario.

Ahora sí, vamos a tratar de establecer los fundamentos que queremos. Se trata de que México debe salir adelante. Y lo forma de lograrlo es que los mexicanos, cada uno, logre salir adelante en todos sentidos.

¿Cuáles sentidos? Para satisfacer a quienes siguen la metodología, vamos a señalar que los sentidos a que me refiero son aquellos que nuestra constitución recoge como Derechos Humanos y no sólo de primera generación, si no todos y cada uno de ellos: Derecho a la vida, al libre tránsito, de asociación, a la educación, al trabajo, a un medio ambiente sano, a una infancia feliz, en suma, a todos y cada uno de nuestros postulados que en forma de dogma constituyen la parte de nuestra Carta Magna que tanto nos enorgullece.

Sin embargo, aquí empieza el pero, ¿Cómo vamos a garantizarle acceso a los sistemas de salud a un mexicano, cuando no tiene acceso a lo más elemental de comida? ¿Qué le vamos a decir a aquél que trata de establecer un negocio y la corrupción lo acaba? ¿Cómo vamos a pugnar por un medio ambiente sustentable y sano, cuando pretendemos ignorar las atrocidades ambientales?

Otra pregunta: ¿De dónde va a obtener el Gobierno el dinero que necesita para satisfacer sus necesidades, cuando es de sobra conocido que cada uno de los mexicanos está buscando a quién “hacerle el pelo” para recuperar lo que a él le han quitado, ya sea en robo, en corrupción, en forma de impuestos, o como quiera Usted?

Fácil: consiga Usted un ejército de inspectores incorruptibles de ciento cinco millones de mexicanos para que vigilen que todos los demás cumplan con sus obligaciones.

Ya tenemos la respuesta y podremos gritar Eureka!, como Arquímedes, el nativo de Siracusa, de la Isla de Sicilia, cuando descubrió el principio que lleva su nombre.

Ahora sí, ya con la respuesta en la mano, que es tener un ejército de mexicanos encargados de velar por que cada quien de los demás haga su parte, nos encontramos con otro problema: ¿Cómo le vamos a hacer para que cada ciudadano esté vigilando a los demás?

Que reciba algo a cambio, es la voz que de inmediato surge y sí, esa es la manera de lograrlo.

Ahora bien, ¿Qué es lo que hace falta en México, cuáles son los principales problemas que le aquejan y cómo podremos solucionarlos?

Vamos a tratar de mencionar algunos de los más importantes:

No existe ahorro interno ni cultura del ahorro; lo reducido del universo de contribuyentes; lo extendido del comercio informal; el lavado de dinero; la falta de portabilidad de los diversos sistemas de pensiones que coexisten, ya federales, ya estaduales, ya de universidades públicas, de fuerzas armadas, de banca pública, de organismos paraestatales, que cada uno de ellos es distinto y diverso de los demás; la falta de real apoyo a la tercera edad; lo hostil que resulta ser el Seguro Social para cobrar sus cuotas; en suma, sólo he esbozado algunos de los principales problemas.

Hasta este punto, ya hemos detectado una solución y varios problemas. Lo interesante ahora será que la solución detectada, es decir, crear un ejército de vigilantes, sea factible.

La pregunta o problema a resolver ahora, es: ¿Cómo lograr que exista interés en la población para vigilar a los demás?

Va la respuesta: dándole a cada uno un incentivo para que haga lo que le corresponda.

Ahora sí, pienso que estamos en posibilidad de analizar la posible solución.

Imagínese que el Gobierno Federal le entrega a cada uno de los que tengan Clave Única de Registro de Población, C.U.R.P. por sus siglas, una tarjeta deslizable tipo "Cliente frecuente" que se utilice en cada operación afecta al Impuesto al Valor Agregado, I.V.A. por sus siglas, que sirva para crear una cuenta única a favor del titular de la tarjeta, en la que se depositen uno, dos, tres o más puntos del I.V.A. de manera que tenga derecho a obtener seguridad social.

Vamos a tratar de explicarlo. La Seguridad Social, como dogma, está en la Constitución, pero no aparece, a ese nivel, la forma de implementarse. Además, la Seguridad Social permanece en México y en el mundo como la propuso y desarrolló Otto Von Bismarck, en la Alemania de 1889, de manera exclusiva a quienes tengan una relación laboral formal. Es decir, a los trabajadores, como secularmente se les ha conocido.

Sin embargo, trabajan también y mucho, las amas de casa, los profesionistas independientes, los comerciantes informales, los menores "cerillos", los migrantes, los estudiantes, todos, en suma.

Si el Gobierno Federal se torna garante de la seguridad social de todos y cada uno de los que tengan C.U.R.P., de manera que todos y cada uno tengan derecho a percibir una pensión a determinada edad, digamos sesenta años, con el sólo compromiso de que al realizar una operación gravada con I.V.A. utilicen su tarjeta, entonces habremos resuelto el problema del ejército de vigilantes.

Si cada uno de nosotros, con independencia de tener o no una relación laboral formal, sabemos que nos conviene, pues así será, que las operaciones de compra venta que realicemos se registran por medio de la tarjeta, habremos obligado a que el vendedor nos abone el porcentaje que determine el Congreso, como también habremos obligado al vendedor a que reporte a Hacienda, el monto de los impuestos restantes.

Se trata tan sólo de elevar a rango Constitucional el Derecho al Ahorro y a la Seguridad Social como Garantías Individuales, de establecer los mecanismos legales para que pueda darse a cada uno la tarjeta y entonces, tendremos la solución a los problemas mencionados.

Estamos hablando de un monto de ahorro interno de aproximadamente sesenta mil millones de pesos por cada punto de I.V.A., lo que se traduce en más de ciento ochenta mil millones en menos del equivalente a tres puntos, a valores de 2010.

De ahí podremos obtener los fondos suficientes para garantizar la seguridad social de la totalidad de los mexicanos, tendremos para apoyar a los actuales sistemas de seguridad social, léase I.M.S.S., I.S.S.S.T.E., los demás sistemas federales que existen, además de que podremos soportar las pensiones de los migrantes y de todos y cada uno de los que colaboran para el engrandecimiento de México, sin que exista actualmente forma de darles reconocimiento.

Es necesario precisar que los puntos de cada operación, en el caso de los particulares, será para el particular; en el caso de las empresas privadas, se usaría a favor de la empresa pero sólo para cubrir impuestos, de preferencia de seguridad social y no vernos en el triste y penoso caso de las empresas que alzan un día el vuelo dejando a sus trabajadores sin más que unos cuantos muebles viejos y un local arrendado, que de nada les sirve; y cuando el que compre sea el Gobierno, cualquiera que sea su rango, sólo un gobierno, los depósitos serán a favor de aquellos que nunca compran y de los actuales sistemas de seguridad social.

Todo lo aquí asentado, considero que es mejor que tratar de ubicar a un mexicano en la calidad de delincuente sólo por que su padre, o su madre, o algún pariente le hizo una remesa de dinero desde el exterior y ahora está obligado a demostrar que es dinero lícito, la forma en que lo obtuvo, los orígenes del caudal y todo lo demás que establecen casi como delito.

Es mejor que obligar a las empresas que ya están establecidas a llevar una nueva contabilidad, carísima, sólo por que el gobierno decide que las empresas pagarán un nuevo impuesto que consiste en pensar un número, descontar lo gastado, adivinar lo que quiso pensar el Gobierno y ¡listo!, ya puede Usted cubrir sus impuestos. La verdad, aún no logro reponerme.

Esto que Usted está viendo, lo he tratado de hacer valer en múltiples foros. Tal vez Usted ya lo haya visto en su integridad y si acaso aún no lo tiene, sólo hágamelo saber para enviárselo.

Si se puede. Es cuestión de que Usted y yo lo hagamos valer ante el Congreso. Hágaselo llegar a sus contactos. Tal vez alguno conozca un diputado o senador que quiera a México.

Yo estoy haciendo mi parte. Le ruego a Usted que no me abandone. Márqueme copia del correo que envíe a su diputado o senador para tratar de darle seguimiento.

Me gustaría conocer su opinión.

Es por México.

Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini.

Comentarios: josegomezporchini@yahoo.com
jmgomezporchini@gmail.com

Mexicano. Abogado.

sábado, 6 de febrero de 2010

Rasgos definitorios y principios rectores de la Seguridad Social.

Rasgos que definen al Derecho de la Seguridad Social.

Para definir los rasgos del Derecho de la Seguridad Social, habrá que realizar una disección muy puntual de lo que significa el término que habremos de definir, conforme existe en la actualidad y que en nuestra opinión, aún se queda corto y merece ser ampliado.

Ya se ha comentado que según la O.I.T., Seguridad Social se define como: "La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.", de tal suerte que las aristas que conforman la estructura de la seguridad social, conforme a la Ley del Seguro Social y el texto ya referido, son:

1.- Una garantía del Estado, mediante los mecanismos que al efecto se instituyan;

2.- El derecho a la salud, que sólo es un simple deseo, pues no existe medio de defensa alguno contra las enfermedades. En todo caso, lo que habría que garantizar, será el derecho al acceso a los sistemas de salud, obviamente cubiertos por el Estado, sin que exista cortapisa alguna.

3.- La asistencia médica. Asistir, como regalo, como dádiva, como concesión graciosa, aparte de que ofende a quien lo recibe, le resta la posibilidad de luchar por algo que pueda considerar como su derecho.

4.- Los protección de los medios de subsistencia. Cuando no se tiene acceso a lo elemental, cuando no existe en nuestro catálogo de derechos el acceso a alimentos, a vestido, a un techo, a una familia unida, ¿qué se va a proteger?

5.- Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo. No existe definición alguna. Las cosas deben tener un nombre para saber a qué nos estamos refiriendo. Los derechos, también. Así, como simple sustantivo sin substancia, la expresión “Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo”, no conduce a ningún camino ni aclara ninguna duda.

6.- El otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. Es decir, se delega en la ley secundaria, los términos y condiciones, los casos y las circunstancias, en que puede accederse a una pensión.

En cuanto a lo que indica la O.I.T., cabe destacar que precisamente por su origen, que es “de trabajo”, enmarcan la seguridad social en cuanto a la existencia de una relación laboral, es decir, sólo quien tenga una relación laboral formal, podrá acceder a seguridad social.

El derecho a seguridad social, el derecho a pensión, el derecho a servicio médico, que no asistencia médica, el derecho a espacios deportivos, en suma, el derecho a la seguridad social, en opinión de quien escribe, debe ser para todos, sin restricción alguna. El derecho a una pensión, garantizada por el estado, debe ser con independencia de cualquier término, condición, caso o circunstancia.

Las pensiones no pueden estar sujetas a la voluntad del empleador, del patrón, pues deben ser una garantía, por el sólo hecho de ser.

La forma de lograrlo, lo analizaremos por separado. Además, Usted ya lo ha visto en estas páginas.


Principios rectores del Derecho de la Seguridad Social.

Los principios rectores de la Seguridad Social los encontramos en la propia definición que al respecto se ha venido intentando.

Ya se ha comentado que según la O.I.T., Seguridad Social se define como: "La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.", por tanto, sus principios rectores los vamos a encontrar en los propios postulados que al efecto se incluyen en la propia definición:

1.- La protección. El término proteger, por sí mismo, lleva implícita la idea de cuidar, de arropar, de sacar en paz y a salvo a quien tiene problemas. Eso es en sí, la definición por antonomasia de la seguridad social. La protección que corresponde brindar al Estado a todos y cada uno de los eslabones que componen la sociedad.

2.- La sociedad. Debemos entender por sociedad, no aquella que tiene nombre y apellido y que usualmente tiene las riendas, ni aquella que presume de la grandeza de su alcurnia, si no a todos y cada uno de los que conformamos el conglomerado social que permite la existencia del concepto sociológico de nación. Si recordamos a Juan Jacobo Rousseau en El Contrato Social, habremos de establecer que el hombre es un ser gregario por naturaleza, es decir, que tiende a juntarse con otros de su misma especie y a efecto de vivir en paz, cede parte de sus libertades y derechos, que son imbíbitos al ser por el sólo hecho de ser, a favor de un ente denominado estado y que está conformado por la sociedad en pleno.

3.- Medidas públicas. Aquí conviene establecer que por ser precisamente emanadas del poder público, es decir, del Estado, las protección que se brinda a la sociedad toda en su conjunto habrá de ser en base a políticas gubernamentales, es decir, políticas públicas, las que han de obedecer al interés superior de las personas.

4.- Privaciones económicas y sociales. Por privación debemos entender quitar a alguien aquello a lo que de algún modo tuvo derecho. En la especie, nos encontramos con que los individuos pierden tanto su capacidad de ganancia, es decir, medios de sustento, como la posibilidad de disfrutar de los satisfactores necesarios para desarrollarse con la integridad que se requiere.

5.- Desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad. Ya se ha comentado que no sólo los riesgos profesionales serán causa de pérdida o disminución de la capacidad de ganancia. También lo son aquellas enfermedades de índole no profesional que afecten la posibilidad de obtener ingresos en la forma y términos en que se está acostumbrado.

6.- Maternidad. De los primeros derechos que se concedieron a las mujeres que desempeñan un empleo remunerado, está la protección derivada del estado de gravidez. Sin embargo, es de considerar que en muchas partes, resulta ser una práctica constante negar la posibilidad de contratarse por el sólo hecho de ser mujer y más aún, en cuanto queda embarazada se le presiona para que renuncie al empleo. Esto no debe seguir así y está en manos de los estudiosos luchar para eliminar esta práctica.

7.- Accidente de trabajo, o enfermedad laboral. En cuanto a los riesgos de trabajo o enfermedades derivadas de la relación laboral, tenemos que se manejan cuatro tipos, La incapacidad parcial temporal, la incapacidad parcial permanente, la incapacidad parcial total temporal y la incapacidad total permanente.

En las de tipo temporal o transitoria, la mayoría de los sistemas de seguridad social las cubren mediante el pago de los salarios o una importante parte de ellos, a guisa de indemnización, en tanto se recupera la capacidad de ganancia.

En cuanto a las de tipo permanente, existe una gran disparidad en las prestaciones que se otorgan, pues mientras algunos sistemas cubren una parte de lo que establecen los artículos 502 en relación con el diverso 495, ambos de la Ley Federal del Trabajo, otros establecen condiciones que van mucho más allá de las legales, los que en la práctica las torna nugatorias.

8.- Desempleo. El seguro de desempleo es una de las utopías vigentes en nuestros sistemas. Ojalá algún día pueda concretarse su existencia. Usted sabe que lo hemos venido proponiendo y además, la forma de lograr los fondos.

9.- Invalidez. Al respecto, debemos remitirnos a lo establecido en los puntos 5 y 7.

10.- Vejez. La pensión por vejez no existe ni en la Constitución ni en la Ley Federal del Trabajo, por lo que habremos de remitirnos a lo que al respecto dispongan los diversos sistemas de seguridad social, incluidos aquellos que tienen como fundamento un contrato colectivo de trabajo o un reglamento de labores.

11.- Muerte. Aquí resultan aplicables los numerales 501 en relación con el 503, de la Ley Federal del Trabajo, en relación lo que al respecto establezcan los contratos colectivos y demás disposiciones aplicables.

12.- La protección en forma de asistencia médica. Sólo en los casos de los patrones que no tengan celebrado convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social, o que a pesar de tenerlo hayan aceptado cubrir de su propio peculio dichos gastos, serán a su cargo. En cualquier otro caso, se subrogan con el Instituto Mexicano del Seguro Social.

13.- Ayuda a las familias con hijos. ¿Será correcto?

De igual modo es menester acotar que la seguridad social tiene como principales pilares los siguientes:

A.- Amplitud: Debe ser suficiente para cubrir de forma amplia todas las circunstancias de la vida que produzcan la pérdida de la capacidad de ganancia.

2. Universalidad: Todo aquel que necesite de la seguridad social debe poder acceder a ella.

3. Respeto por la igualdad. Los programas de seguridad social no deben discriminar a nadie por motivos de raza, sexo, género, preferencias sexuales, credo o posición socioeconómica.