sábado, 26 de noviembre de 2016

La importancia de la Ética para los abogados.




José Manuel Gómez Porchini / México debe salir adelante

Como en toda disquisición y por cuestión metodológica, en primer lugar, vamos a tratar de definir a la Ética y lo hacemos, primero, en los términos que utiliza el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua y dice así:

4. f. Conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en cualquier ámbito de la vida. Ética profesional, cívica, deportiva.
5. f. Parte de la filosofía que trata del bien y del fundamento de sus valores[1].

Las primeras tres definiciones que ahí aparecen no tienen relevancia para nuestra charla.

Ahora, ¿Qué o cuáles son las normas morales que rigen la conducta del hombre en cualquier ámbito de la vida? ¿Quién es responsable de inculcar esas normas? ¿Qué sanción existe para quién no las cumple?

Ahí comienzan nuestros problemas y es lo que vamos a tratar de desvelar aquí.

Desde que ustedes comienzan a estudiar derecho, creo que es en la materia de Introducción al estudio del derecho, les explican que básicamente hay cuatro tipos de reglas de conducta que el hombre debe acatar para poder vivir en sociedad: normas morales, normas religiosas, convencionalismos sociales y normas jurídicas.

1.- Las normas morales, que son las que nos inculcan en base a lo bueno y lo malo, lo ético, lo correcto según la sociedad.

2.- Las normas religiosas, que provienen de la comunidad religiosa a la que seamos afectos. En nuestra patria, de una inmensa mayoría de corte católico, igualmente constituyen códigos de conducta que nos impelen a manejarnos de manera correcta.

3.- Los convencionalismos sociales. Aquí aparecen aquellas conductas que, sin ser de corte moral o religioso, sí se imponen por la sociedad como válidas o correctas.

4.- Por último y sin que por ello sean menos importantes, las normas jurídicas. Éstas son las que el legislador, que representa al pueblo, ha creado como forma de vida obligatoria y a las que, al desobedecer, traerán como consecuencia se impongan las sanciones que en los propios códigos se establecen.

Efectivamente, si desobedecemos una norma moral o religiosa, la sanción o castigo nace en nuestro fuero interno, en nuestro interior. Nadie nos podrá decir que hicimos mal. Pero nosotros sabemos que nuestra conducta se apartó de lo correcto, de lo ético, de lo moralmente válido y más aún, que puede ser molesto a los ojos de Dios. Solos, nos imponemos las sanciones.

Cuando lo que se trasgrede es un convencionalismo social, no existe pena formal impuesta por el estado, pero sí, vamos a lograr ser desaprobados por la sociedad en general. Que yo no vivo de lo que diga la gente, dirán algunos y tienen razón. Actuar con base en el “qué dirán”, se aparta de una conducta correcta, nos lleva a grandes frustraciones y a nada práctico conduce. Pero debemos ceñirnos en términos generales a lo que la sociedad estima como correcto, aun cuando sepamos bien que existen otras formas de vida.

En cambio, violar, violentar, transgredir, infringir, faltar a lo que está estipulado en las normas jurídicas debe tener una sanción y esa sanción es ajena a la voluntad del infractor.

Ahora lo que estamos tratando de definir y analizar, es ¿Qué importancia tiene la ética para los abogados? Digo, si es que tiene alguna…

Y sí, admito, acepto y reconozco que una conducta contraria a derecho, va a tener una sanción jurídica. Cárcel incluida. No vamos a tocar ese tema. Lo que nos mueve es cuando no hay quién vigile o supervise al abogado, cuando no tiene más control que sus propios valores: decencia, verdad, honradez, dignidad, amor propio, autoestima, en suma, cuando se valora la posibilidad de pararte frente al espejo y que no te de asco la persona que estás viendo.

Eso es actuar con dignidad. Cuando sabes que alguna vez fuiste maestro en alguna universidad y que muchos años después, un excelente exalumno te invite a dar una plática frente a un grupo de nuevos jóvenes y sabes que puedes regresar con la frente en alto, pues no incurriste en ninguna conducta impropia. Cuando tu vida en el foro ha sido de tal manera que todo podrá decirse de ti, menos que alguna vez hayas actuado de manera contraria a la moral, al derecho, a las buenas costumbres o a lo que prevalece en el actuar jurídico.

Por eso estoy aquí. Por eso su maestro me ha invitado y ustedes han de saber que quien honra, se honra.

Me gustaría conocer su opinión. Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini
Orgullosamente mexicano.





[1] Tomado del Diccionario de la Real Academia Española http://dle.rae.es/?id=H3y8Ijj|H3yay0R

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