miércoles, 17 de abril de 2019

El M.I.R. y sus efectos



José Manuel Gómez Porchini / México debe salir adelante


México como país, creció muchos años bajo la estructura de un liderazgo cupular o corporativista, es decir, acatando las instrucciones que salían de una sola persona y así aprendió a vivir. 

De pronto, derivado de las luchas políticas y de la apertura que han propalado un mayor conocimiento en algunos factores de poder y con el apoyo de las ahora sumamente importantes redes sociales, han cambiado las estructuras de mando y existe cada vez con mayor fuerza, la intervención de algunos sectores de la sociedad civil en las opiniones que rigen a los pueblos. 

Ahora, de pronto advierto que las órdenes del gobierno, de sindicatos y de los supuestos “factores reales de poder”, han quedado rebasados por la acción de la gente, que lucha por diversas propuestas, no todas legales o válidas, pero si, todas con arraigo entre la población. 

El origen del problema no es de hoy. Se vino incubando desde hace muchos años y todo, con la complacencia de autoridades de los más diversos estratos de poder: federales, locales y municipales. 

Ya sentadas las bases del problema a nivel global, ahora voy a tratar de explicar, en la parte que nos interesa como estudiosos del derecho laboral, los problemas jurídico-laborales que a últimas fechas han aquejado a nuestro país. 

Lo más común en nuestro México es encontrar empresas pequeñas y medianas, por decir de hasta cien trabajadores, que carecen por completo de toda estructura formal de organización y que han crecido como las enredaderas: a la buena de Dios y sin ningún control. Me sigue llamando la atención enterarme que el propietario de la fábrica me diga que no sabía que tenía que pagar con recibos timbrados por el SAT o que me digan que no es necesario dar de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social a todos los trabajadores o que, para no pagar el impuesto sobre nóminas, paguen sus salarios en efectivo. Creo que lo que más me asombra es que piensen que así, no tendrán problemas legales pues el trabajador no tiene manera de acreditar su dicho, cuando lo cierto es que la empresa les proporciona gafetes, depósitos bancarios, cartas de recomendación, constancias de salarios y muchos elementos adicionales que sirven para acreditar la relación laboral. Lo que sigue: monto del salario, pago de vacaciones, horario de trabajo y demás, es carga procesal del patrón y por eso es que pierden las demandas. 

El gobierno mexicano, en un afán de recuperar el valor del salario mínimo y solo del mínimo, en la Resolución de 01 de diciembre de 2016 que fijó los salarios a partir del 01 de enero de 2017, introdujo el Monto Independiente de Recuperación, MIR por sus siglas, como un componente más para la integración del salario mínimo general, aclarando que solo al mínimo general habría de incorporarse y no a los demás salarios mínimos profesionales que también se discuten. En ese caso, el salario vigente a partir de 2017 se compuso del salario anterior, $73.04 más el MIR por $4.00 y un incremento de 3.9% lo que llevó a un total de $80.04 diarios. 

El año siguiente, vigente del 01 de enero al 31 de diciembre de 2018, se utilizaron como componentes del salario los siguientes: el salario mínimo anterior de $80.04 más el MIR de $5.00 más el porcentaje de incremento salarial de 3.9%, nos lleva al salario de $88.36.

Este año pasó el salario en la frontera de $88.36 a $176.72, de los cuales $88.36 es el salario anterior; $79.94 el MIR; y, sumados dichos componentes alcanzan la cantidad de $168.30 a los que se les aplica un 5% de incremento para llegar a los $176.72.

En el interior de la república, el salario mínimo quedó en $102.68, de los cuales $88.36 es el salario anterior; $9.43 el MIR; y, sumados dichos componentes alcanzan la cantidad de $97.67 a los que se les aplica un 5% de incremento para llegar a los $102.68.

Del análisis de lo expuesto tenemos que el salario mínimo y solo el salario mínimo tuvo como apoyo el monto independiente de recuperación, de $79.94 en la zona fronteriza y de $9.43 en el interior de la república. 

Sin embargo, como si aún estuviéramos en una sociedad corporativista, desde la más alta esfera de poder se publicó que el incremento salarial para el 2019 era del cien por ciento, cuando ya ha quedado demostrado que fue de solo un 5%.

Ahora bien, ¿cuál es el problema de fondo?

La costumbre de hacer todo atendiendo la orden superior y no razonar lo que se está haciendo. También, pretender obtener un beneficio que, si bien puede ser legal, no es ético. Y lo aclaro.

Las empresas, en el juego de fijar los salarios con los trabajadores, buscan cubrir lo menos posible y por supuesto, buscan no cubrir los impuestos correspondientes. Así, algunas maquiladoras pactaron una cláusula con el sindicato de que el incremento salarial, para no impactar los tabuladores, lo pagarían en una sola exhibición al inicio del año. Claro, como los salarios de los empleados de maquiladora son superiores al mínimo y los últimos años los incrementos solo habían sido del tres o cuatro o cinco por ciento, con facilidad lo absorbían las empresas y así, no subían el tabulador en el porcentaje decretado de incremento a los salarios mínimos. 

Todavía los dos años anteriores, cuando ya existía el MIR o monto independiente de recuperación, pero en cantidades exiguas, las empresas lo absorbieron y lo incluyeron en el bono anual. De 73 a 80 y de 80 a 88, no son cantidades que impresionen a nadie. El bono fue de $2,555.00 y $2,920.00 respectivamente. 

Este año, de haber seguido lo que establece el decreto de 26 de diciembre de 2018, que claramente estipula: 1) Es una cantidad absoluta en pesos. 2) Su objetivo es única y exclusivamente contribuir a la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo general. 3) No debe ser utilizado como referente para fijar incrementos de los demás salarios vigentes en el mercado laboral (salarios contractuales, federales y de la jurisdicción local; salarios diferentes a los mínimos y a los contractuales; salarios para servidores públicos federales, estatales y municipales; y demás salarios del sector informal); solamente se hubiera otorgado un bono por el porcentaje de incremento a los salarios mínimos, sin considerar el MIR, por el que debió ser de $3,073.00 el bono anual. 

Sin embargo, como no hubo quién pudiera razonar y explicar las bondades del decreto, amén de que se dijo en todos los niveles que el incremento salarial fue del 100%, lo que ya se vio es falso, la gente comenzó a reclamar un aumento general del cien por ciento a todo tipo de plazas y tabuladores. Se logró contener el incremento del cien por ciento a cambio de otorgar no el que proponían las empresas del siete o el ocho por ciento, dos o tres puntos arriba del porcentaje decretado al salario mínimo del cinco por ciento pero mucho menos del que al final se obtuvo, del 20 por ciento. 

En cuanto al bono, que sí estaba pactado, los obreros comenzaron a exigir el pago considerando como valor el incremento del cien por ciento a los salarios mínimos, lo que los llevó a los treinta y dos mil pesos que, junto con el incremento del 20%, fueron la base para la reclamación de la consigna y el movimiento 20/32 en Matamoros y que amenaza con difundirse a otras partes. 

Fue la base trabajadora, los obreros, los que rebasaron a sus líderes y a los representantes de las empresas. Ya estaban dadas las condiciones en cuanto a la caída del sistema corporativista y la creencia de que ahora existe una verdadera democracia; así, cualquiera que endulzara los oídos del pueblo obtendría sus favores y sucedió. 

El mérito es de la gente y la responsabilidad, de las empresas que, pretendiendo escamotear los derechos de seguridad social vía pago de bonos y no de salarios que impacten en las cuotas y aportaciones a la seguridad social, ahora se enfrentan a una realidad que, si bien no es legal, si se acerca a lo justo. 

Me gustaría conocer su opinión. 

Vale la pena. 

José Manuel Gómez Porchini





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