lunes, 20 de abril de 2026
viernes, 27 de febrero de 2026
Antecedentes tribunales tripartitos en México
José Manuel Gómez Porchini / México debe salir adelante
jmgomezporchini@gmail.com/ http://mexicodebesaliradelante.blogspot.com
Para
poder ubicar el contexto en que se encontraba el hoy llamado derecho laboral,
debemos recordar que la esclavitud fue legal y válida hasta que, en 1804 Haití,
país latinoamericano, dictó el decreto que ordenaba abolir la esclavitud, le
siguió México en 1810 y los demás países de América Latina, esperando a 1865 en
que Estados Unidos de América hizo lo propio.
Sin
embargo, no existía como derecho formal lo relativo a las contrataciones y
horarios, es decir, el derecho laboral, por lo que fue hasta comienzos del
siglo veinte que se empezó a otorgar valor a las ideas de unos cuantos que
clamaban por defender los derechos y las vidas de los obreros.
Hay
que recordar que antes, las personas vivían en zonas agrícolas, con alimentos
del campo a la mano y así solventaban sus necesidades. Con la aparición de la
máquina hiladora Spinning Jenny en 1763 aparecen los primeros esbozos de tener
empleados y comienza a surgir la relación de trabajo como ahora la conocemos.
Antes, había esclavos.
Nació
también ese gran motor que permitió avances: el ferrocarril, el barco que podía
cruzar montañas. México por conducto de Porfirio Díaz introdujo vías férreas y
comenzó la modernidad en nuestro país.
Se
impone recordar que los productos que tenía nuestra patria para ofrecer a
propios y extraños, eran básicamente minería, agricultura y ganadería, así como
otros que otorgaba la tierra. No había ni fabricas ni empleados, pues apenas
comenzaban.
En
esa tesitura, un mexicano, Ignacio Ramírez, El Nigromante, que vivió de 1818 y
hasta 1879 acuñó la expresión Derecho Social en el Congreso Constituyente de
1856-1857.
Al
principio solo existían el derecho público y el derecho privado. Tan causó
sensación el término y los alcances del Derecho Social, que se reconoce a México
como el primer país en introducir en una constitución los derechos sociales.
Sin
embargo, como a fines de 1800 y principios de 1900, aún los congresos estatales
contaban con autoridad y facultades para legislar en materia de trabajo, hubo
aportaciones magníficas, como la ley del trabajo de Bernardo Reyes en Nuevo
León que reconoció los riesgos profesionales, así como la ley de Cándido
Aguilar de Veracruz de 1914, en la que se presenta, por primera vez, un modelo
tripartito formado por representantes de los trabajadores, de los patrones y
del gobierno, para solucionar los problemas de índole social.
Ese
formato tripartito de solución de conflictos fue adoptado, después de la
constitución mexicana de 1917, por el Tratado de Versalles que puso fin
formalmente a la Primera Guerra Mundial y luego, se fundó la O.I.T.,
Organización Internacional del Trabajo, que adoptó la forma o propuesta
mexicana de solución de conflictos.
Ya
con esos antecedentes en mano y sabiendo que al paso de los años se crearon
varios organismos adicionales con ese formato: Comisión Nacional de los
Salarios Mínimos; el Instituto Mexicano del Seguro Social; el Instituto de
Seguridad Social para los Trabajadores del Estado; las representaciones obrera,
patronal y de gobierno en Juntas de Conciliación y Arbitraje; y muchas más que
dependen todas del Poder Ejecutivo.
Sin
embargo y a pesar de la existencia de tan acendrado concepto en la cultura
mexicana, ahora de pronto nos cambian el proceso laboral y lo dejan en manos de
jueces laborales que si, tal vez sepan mucho de derecho y de procedimientos,
pero carecen de lo necesario para juzgar en conciencia: alma.
Me
gustaría conocer su opinión.
Vale
la pena
José Manuel Gómez Porchini
sábado, 24 de enero de 2026
Héroes
José Manuel Gómez Porchini / México debe salir adelante
jmgomezporchini@gmail.com/ http://mexicodebesaliradelante.blogspot.com
Como se dice
coloquialmente, han corrido ríos de tinta para destacar el sacrificio de tres
personas, bomberos ellos, en mi Matamoros querido.
El que más, el que
menos, han ensalzado su valor, su arrojo, su entrega y sacrificio. Vamos, los
han destacado por su valor civil y entrega por los demás. Con todo coincido.
Sin embargo, no he
visto una sola nota que se refiera a la situación contractual y a los derechos
que les corresponden a los deudos.
Como cualquier
trabajador dado de alta ante un sistema de seguridad social, por el
fallecimiento del trabajador y más en un evento múltiple, es decir, dos o más
fallecidos, se debe cubrir a la familia una indemnización por riesgo profesional
de, cuando menos, cinco mil días de salario mínimo, en términos del artículo
502 de la ley federal del trabajo. En pesos y centavos, a razón de $440.87
diarios, que es el salario mínimo en H. Matamoros, resultan ser $2,204,350.00, por
esos cinco mil días.
Yo agregaría, por
muerte en el cumplimiento del deber, obligación a cargo del estado de pensión
por viudez y orfandad y, en el caso de los muchachos, si fueren solteros,
pensión a los padres. Es lo menos que paga el IMSS.
Por favor, que no
vayan a salir como un alcalde de Nuevo León que ofreció a los hijos de un
policía caído en el cumplimiento del deber, la entrega de unas mochilas para
cargar los libros de la escuela. Fue todo lo que ofreció.
En la especie, los
familiares de los Héroes, así, con mayúscula, de mi Matamoros querido, tienen
derecho a eso y más.
Conste. No va a ser
una aportación graciosa de la autoridad ni un regalo. Es lo que establece la
ley y es muy justo que los reciban.
Matamoros es un
pueblo rico, con muchos aportantes industriales, comerciales y agrícolas, por
lo que no debe ser un sacrificio cumplir con la ley. Además, a la empresa donde
ocurrió el siniestro, se le debe revisar para verificar que cumpla con la normatividad
vigente… si no, ¿qué caso tiene tener tan bonitas leyes?
Digo… si tienen presupuesto
para derrochar en pan y circo, como los emperadores romanos, bien pueden cubrir
una obligación legal a cargo del ayuntamiento.
Me gustaría conocer
su opinión.
Vale la pena
José Manuel Gómez Porchini
Antecedentes:
https://mexicodebesaliradelante.blogspot.com/2011/01/de-las-pensiones-los-policias.html
https://mexicodebesaliradelante.blogspot.com/2011/06/la-seguridad-social-de-las-familias-de.html
miércoles, 14 de enero de 2026
Los Conciliadores
José Manuel Gómez
Porchini / México debe salir adelante
jmgomezporchini@gmail.com/ http://mexicodebesaliradelante.blogspot.com
Me habló mi
cliente, una dama, para pedirme asesoría. Me contó que trabaja en una empresa de
repostería en su carácter de Maestra Repostera.
Que le avisaron de
recursos humanos que le van a cambiar su jornada de labores de la mañana a
horario vespertino y nocturno. Cuando ella les dijo que no, pues tiene compromiso
por las tardes y además, que en su contrato no viene la facultad de cambio unilateral
de las condiciones de trabajo, en la empresa le dijeron que firmara su renuncia.
Dijo que no, pues
ella no estaba renunciando y que iba a preguntar qué debería de hacer.
Viene conmigo, le
sugiero que ella sea la que rescinda la relación laboral por falta de probidad
del patrón, pues se ha negado a proporcionar copia del contrato amén de que en
diversas ocasiones le dieron fecha para entregarle copia de su contrato de
trabajo sin que en ninguna de las fechas señaladas por la propia empresa hayan
cumplido. De igual manera, por la modificación unilateral de las condiciones de
trabajo.
Usted y yo sabemos
que, en un contrato, cualquiera de las partes puede rescindir. En el caso de la
materia laboral, cuando es el trabajador el que rescinde por causas imputables
al patrón, según lo establece el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo, el
obrero tendrá derecho a cobrar, aparte de los 90 días de indemnización
constitucional, el importe de 20 días por cada año de servicios más el importe
de la prima de antigüedad y las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones
y prima vacacional.
En el caso de que
el trabajador renuncie, solo tendrá derecho a las partes proporcionales de
aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
Por otra parte y
solo para que quede constancia, el abandono de empleo se configura cuando ya
dentro de la jornada de trabajo, habiendo ingresado el trabajador, sale de la
fuente de trabajo sin permiso del patrón, lo que válidamente permite rescindirle
su relación laboral. Con un solo hecho basta para la rescisión.
En la especie, mi
cliente hizo llegar un oficio a la empresa notificándoles la rescisión de la
relación laboral. No se ha presentado ante la autoridad pues primero hay que
colmar el inútil, engorroso y contrario a la legislación vigente, procedimiento
por el que se solicita la autorización de gobierno para demandar.
Luego entonces, mi
cliente acudió a solicitar fecha para la audiencia conciliatoria ante una
instancia no jurisdiccional, es decir, ante una autoridad administrativa.
El día de la
audiencia llegó y acudimos mi cliente y yo. Por la empresa compareció alguien
quien se identificó ante el conciliador. Cuando pedí los documentos para
revisar la personalidad de la compareciente, el conciliador me los negó,
aduciendo qué él era quien tenía fe pública y yo no, por lo que debí creer que
sí representaba a la empresa.
Comenzó la
negociación entre mi cliente y la dama de la empresa. Que si se comprometió a
entregar los documentos, que si no, etc. Y ahí fue cuando el conciliador dijo
que aceptara la irrisoria cantidad que ofrecía la empresa, por lo que intervine
y dije que la trabajadora reclamaba más pues ella había rescindido la relación
laboral. En ese momento el conciliador intervino y dijo: “la rescisión del
trabajador al patrón se equipara al abandono de empleo…”
Compartí la
anécdota en mis redes sociales y entre muchas cosas que me dijeron, me
indicaron que se debe proponer reformar el artículo 684-G fracciones II y III
que literalmente establecen:
Artículo 684-G.- Para desempeñar el cargo de conciliador se deben cubrir los siguientes requisitos:
II.
Tener preferentemente experiencia de
por lo menos tres años en áreas del derecho del trabajo o especialización en
las actividades que se vinculen con las atribuciones del Centro de Conciliación
que corresponda;
III.
Contar con título profesional a nivel
licenciatura en una carrera afín a la función del Centro;
Es decir, que se
debe requerir que los Conciliadores cuenten con título profesional de derecho a
fin de que nunca más confundan la rescisión del trabajador al patrón con el
abandono de empleo.
Y definitivamente
tiene razón. Y a eso me voy a abocar. Aclaro, me sigue pareciendo contrario a
la constitución que, en lugar de poder acudir libremente a reclamar tus
derechos, sea requisito obligatorio obtener el visto bueno de una autoridad
administrativa.
Me gustaría conocer
su opinión.
Vale la pena
José Manuel Gómez
Porchini
jueves, 1 de enero de 2026
Año Nuevo. Propuesta renovada
José Manuel Gómez
Porchini / México debe salir adelante
jmgomezporchini@gmail.com/ http://mexicodebesaliradelante.blogspot.com
Hoy comenzó el 2026
y para empezar, estar aquí, vivo, sintiendo y con ilusiones y metas, es un
triunfo. Le deseo a usted querido lector y a todos, que este año nuevo le
traiga paz, prosperidad, trabajo y algo de afanes…
Hace unos días vi
la siguiente nota en Facebook que me llamó mucho la atención y ahora la
comparto con ustedes:
Alemania ha
aprobado una medida pionera dentro de su reforma del sistema de pensiones para
enfrentar el envejecimiento poblacional y fomentar el ahorro a largo plazo:
cada niño desde los 6 hasta los 18 años recibirá 10 € al mes depositados en una
cuenta de ahorro previsional destinado exclusivamente a su futura jubilación,
lo que permite acumular un fondo desde la infancia que solo podrá retirarse al
alcanzar la edad de retiro.
Esta iniciativa
llamada “pensión de inicio temprano” busca introducir a las nuevas generaciones
en la cultura del ahorro para la vejez y aliviar la presión sobre el sistema
público de pensiones, al dotar a cada menor de un capital inicial que crecerá
con el paso del tiempo.
Fuente: Infobae /
Orain Euskadi 🇩🇪
#Alemania
#Pensiones #AhorroJuvenil #EducaciónFinanciera #PolíticaSocial
(Montalbán, 2025)
Eso quiere decir
que en Alemania han propuesto una medida para otorgar, solo a los menores entre
seis y 18 años, una cantidad mensual que, supongo, proviene de impuestos
generales, pues no lo aclaran.
Por otra parte, se
anunció también la creación de las “Cuentas Trump” para apoyar a niños en los
siguientes términos:
“La medida volvió a
ser noticia después de que el magnate tecnológico Michael Dell y su
esposa, Susan, prometieran $6.250 millones de dólares para financiar
estas cuentas destinadas a niños en Estados Unidos.
El plan establece
que 25 millones de menores de 10 años recibirán una cuenta de inversión
inicial, lo que ha generado expectativa y también muchas preguntas. Aunque el
gobierno entregó detalles adicionales, expertos sostienen que aún existe falta
de información clave sobre su implementación”.
Acurero, G. (2025)
En ambos casos,
tanto Alemania como Estados Unidos de Norteamérica, van buscando darles certeza
a las futuras pensiones de quienes aún no entran al mercado formal de trabajo.
Ojalá usted
recuerde que desde 2004 presenté y está a disposición de la autoridad o de
quien pretenda implementarlo, un modelo de pensión universal para toda la
población, con independencia de su situación laboral o más aún, de que estén o
no en el mercado laboral formal.
Se trata de otorgar
uno o dos o incluso tres puntos del IVA a cada persona que deslice una tarjeta
tipo “cliente frecuente” de Hacienda, que les permita acumular fondos para su
eventual jubilación. Propongo las formas de obtener los fondos, así como la
manera en que habrá de disponerse de los mismos. Por cierto, no están sujetos a
que cumpla determinada edad o a alguna condición futura e incierta.
Mi tarea será
seguir insistiendo, pero usted tiene la fuerza para convertirlo en realidad.
Me gustaría conocer
su opinión.
Vale la pena
José Manuel Gómez
Porchini
Referencias.
Acurero, G. (2025) ADN
noticias. Qué son las cuentas trump, cómo ayudarán a los niños en EUA y quiénes
se beneficiarán. Recuperado de: https://bit.ly/495bvju
Montalbán,
M. (2025) Infobae: Alemania se protege del gasto de las pensiones desde la
infancia: 10 euros ‘de paga’ para cada niño hasta los 18 años. Recuperado
de: http://bit.ly/4sDUmW3
lunes, 13 de octubre de 2025
Presentación resumen creada por IA. Propuesta para la creación del sistema universal de pensión ciudadana en México
1: Introducción y Contexto
"La crisis de las
pensiones en México: un llamado a la acción"
Situación actual:
Menos del 50% de los adultos mayores en México tienen acceso a una pensión
formal (IMSS, ISSSTE, etc.). La informalidad laboral y la evasión fiscal
agravan la desigualdad.
Problema central: El
sistema actual excluye a millones de mexicanos en la informalidad, migrantes,
trabajadores domésticos y agrícolas, dejando su vejez en vulnerabilidad.
Objetivo de la
propuesta: Garantizar una pensión universal y digna mediante un modelo
innovador, basado en la redistribución de impuestos indirectos (IVA) y la
creación de un Fondo Nacional de Pensión Ciudadana.
Enfoque: La seguridad
social como derecho humano universal, no como un privilegio del sector formal.
"La dignidad en
la vejez no debe depender de un contrato laboral, sino de la solidaridad
colectiva."
Cierre:
"¿Cómo
transformar un sistema excluyente en uno que proteja a todos los mexicanos, sin
importar su condición laboral?"
2: La Propuesta
Central – IASSI y Fondo Nacional de Pensión
"IASSI: Un
mecanismo solidario para el ahorro colectivo"
Impuesto de Aportación
de Seguridad Social Indirecto (IASSI):
Asignar 1 a 2 puntos
porcentuales del IVA (con posibilidad de incrementar a 3%) a un fondo exclusivo
para pensiones.
Cada transacción con
IVA generará un ahorro automático vinculado a la CURP del ciudadano.
Fondo Nacional de
Pensión Ciudadana:
Administración
transparente y descentralizada, con una nueva Secretaría de Seguridad Social o
un órgano especializado.
Edad de acceso: 60 o
65 años.
Monto mínimo
garantizado: Equivalente a dos salarios mínimos.
Beneficios inmediatos:
Universalidad: Incluye
a informales, migrantes y sectores vulnerables.
Equidad: "Quien
más consume, más aporta".
Transparencia: Cuentas
individuales visibles y auditables.
Cierre:
"Un sistema donde
cada compra sea un paso hacia un futuro seguro: ¿es posible?"
3: Alcances y
Beneficios Sociales
"Impacto
transformador: equidad, inclusión y confianza"
Contenido:
Universalidad: Cubre a
trabajadores informales, domésticos, agrícolas y migrantes.
Economía: Reducción de
evasión fiscal y lavado de dinero al vincular consumo con aportaciones.
Confianza ciudadana:
Recuperación de la fe en las instituciones al demostrar un manejo transparente
de recursos.
Ejemplo práctico: Un
empacador informal de 20 años comienza a ahorrar sin darse cuenta, gracias a
sus compras diarias.
Impacto macro:
Aumento del ahorro
nacional.
Fortalecimiento del
sistema financiero.
Reducción de la
pobreza en la vejez.
Cierre:
"Imagina un
México donde nadie llegue a la vejez sin protección. Este modelo lo hace
realidad."
4: Reformas Jurídicas
y Estrategias Clave
"El marco legal:
blindar el derecho a la pensión"
Contenido:
Reformas necesarias:
Artículo 4º
Constitucional: Establecer el ahorro ciudadano como base de la seguridad
social.
Ley para el Ahorro del
Retiro: Regular el mecanismo de aportación indirecta.
Secretaría de
Seguridad Social: Unificar IMSS, ISSSTE y otros organismos bajo un mismo
sistema.
Estrategias clave:
Registro automático
con opción de salida (opt-out).
Incentivos fiscales
para fomentar el ahorro voluntario.
Educación financiera:
Herramientas digitales para gestionar ahorros.
Administración
mancomunada: Participación del sector privado y gobierno.
Cierre:
"La ley debe ser
el escudo que proteja este derecho, no un obstáculo."
5: Conclusión y
Llamado a la Acción
Título: "México
como pionero: un legado de dignidad"
Contenido:
Resumen de beneficios:
Pensión mínima
garantizada para todos.
Retiros parciales para
educación.
Cobertura ampliada a
sectores históricamente excluidos.
Impacto a largo plazo:
Reducción de la
pobreza en adultos mayores.
Modelo replicable en
Latinoamérica.
Llamado a legisladores
y sociedad:
"No es una
dádiva, es un derecho. No es un gasto, es una inversión en nuestro
futuro."
Cierre:
"La vejez digna
no es un sueño, es una decisión. Hoy podemos construirla juntos."
lunes, 22 de septiembre de 2025
NOTA EJECUTIVA. PROPUESTA PARA LA CREACIÓN DEL SISTEMA UNIVERSAL DE PENSIÓN CIUDADANA EN MÉXICO. Propone: Mtro. José Manuel Gómez Porchini
Introducción
El sistema nacional de pensiones y seguridad
social en México enfrenta una profunda crisis. Actualmente, solo una parte de
los trabajadores formales accede a planes de retiro, mientras que millones de
personas en el comercio informal, autoempleo o economía irregular quedan
desprotegidos cuando llegan a una edad avanzada (tercera edad). Este modelo,
que descansa exclusivamente en la relación obrero-patronal, es insuficiente
para responder a las necesidades de una población envejecida y cada vez más
vulnerable. El objetivo de esta propuesta ciudadana es plantear una alternativa
viable y universal que garantice, a través del ahorro colectivo sustentado en la
aplicación y/o provisión en la recaudación de impuestos indirectos, el derecho
a una pensión digna y a la seguridad social para todos los mexicanos en general.
Justificación
La realidad actual demuestra que menos del 50%
de los adultos mayores en México cuentan con una pensión derivada del IMSS,
ISSSTE u otros organismos homólogos que destinen pagos por concepto de ahorros
para el retiro, así como también existen trabajadores en
México que están en la informalidad, sin acceso a seguridad social. Esta situación se agrava debido a factores como tal se
mencionan enseguida:
· La alta
proporción de comercio informal y la evasión fiscal, que reducen la base de
financiamiento.
· La dependencia de
familiares (viudas, huérfanos, hijos, dependientes económicos de manera
indirecta) que ejercen derechos sin haber aportado directamente, lo que genera una
amplia descapitalización.
· La ineficiencia
del sistema de pensión actual, con instituciones que no siempre garantizan
cobertura universal.
La seguridad social debe ser aplicada como un
derecho humano universal, en donde debe de recaer la responsabilidad en el
Estado y no como una carga exclusiva del sector formal. Por ello, es
indispensable plantear un modelo alternativo que asegure equidad, inclusión y
sostenibilidad en general para todos los mexicanos en general.
Adicionalmente nuestra ciudadanía, tiene una
necesidad fuerte de recuperar la confianza en nuestros legisladores, donde se
preocupen de creación de leyes que permitan ahorrar para su retiro, mejorar la
calidad de vida y de disfrutar toda esa infraestructura con la que cuenta
nuestro país y, porqué no, sacrificar algún programa social que pudiera estarse
destinando recursos públicos sin bases recaudatorias, así que con todo esto,
nace una forma de contribuir a manera de provisión por parte de nuestras Autoridades,
para poder sacar los mayores beneficios a su máxima potencia, mejorando la
imagen de los servidores públicos en general por los cuales de manera democrática
han sido elegidos para dirigir nuestro país y con ello podremos visualizar que
la toma de decisiones en el ámbito que se propone, fortalece la percepción de
nuestros gobernantes.
Propuesta central
La propuesta consiste en la creación del
Impuesto de Aportación de Seguridad Social Indirecto (IASSI), basado en la
redistribución de un cierto porcentaje del Impuesto al Valor Agregado (IVA),
para ello será necesario crear un Fondo Nacional de
Pensión Ciudadana, en donde dicho fondo consistirá en la aplicación de los principales puntos, los cuales son:
· Asignar de 1 a 2
puntos porcentuales del IVA ya existente directamente a un fondo de seguridad
social. Analizando conforme al comportamiento e impacto si después se
incrementa hasta un 3%.
· Cada transacción
registrada con IVA generaría automáticamente un ahorro a nombre del ciudadano,
administrado mediante la CURP y/o alguna cuenta electrónica donde se puedan
ligar a los datos generales de los ciudadanos.
· El Estado, tendrá
la necesidad de crear una nueva Secretaría en materia de Seguridad Social, o en
su caso, desprender un órgano descentralizado ligado a esta misma materia en
comento, en donde ahí se concentrará la responsabilidad de la correcta
administración y destino exclusivo de estos recursos.
· Este sistema
permitiría que todo ciudadano, incluso quienes se encuentran en el comercio
informal o en condiciones de vulnerabilidad, generen ahorro y puedan acceder a
una pensión mínima garantizada.
·
La aplicación del
plan de pensión será de aplicación al cumplir la Edad de: 60 o 65 años.
·
Monto: una
pensión mínima digna, esto podría ser cuando menos garantizar un mínimo equivalente a dos salarios mínimos.
Alcances y
beneficios.
Los beneficios de este modelo serían múltiples
y de gran alcance por el impacto y la naturaleza de este, por mencionar algunos
tales como:
· Universalidad:
todos los mexicanos participan, independientemente de su estatus laboral.
· Equidad: quien
más consume, más aporta, garantizando justicia contributiva. Es decir, que se
puede considerar aplicar un Estímulo a la formalidad (ya que todos
tendrían derecho, pero los formales podrían recibir beneficios adicionales).
· Transparencia:
los fondos estarían vinculados a la CURP y serían visibles en cuentas
individuales.
· Inclusión de
sectores desprotegidos: trabajadores informales, migrantes, empacadores menores
de edad, adultos mayores sin historial tributario, sector agrícola,
trabajadoras domésticas y/o alguno adicional que se pueda proponer
adicionalmente.
· Impacto en la
economía: aumento del ahorro nacional, fortalecimiento del sistema financiero y
mayor confianza ciudadana al demostrar en todo momento el buen manejo de los
recursos.
· Prevención:
reducción de la evasión fiscal y prácticas de lavado de dinero, en virtud de
que la naturaleza del modelo de la propuesta es el hecho de vincular consumo
con aportación voluntaria para el retiro.
Reformas
necesarias
Para llevar a cabo esta propuesta es de suma
importancia profundizar dentro de un marco jurídico adecuado, ya que la
experiencia de este rubro es vital para dejar bien armado todas las
disposiciones que serían sujetas de aplicación, donde se contemple:
· Reforma al
Artículo 4º Constitucional, para establecer el derecho al ahorro ciudadano como
base de la seguridad social y/o un atractivo mecanismo de sistema de ahorro
para el retiro.
· Creación de la
Ley para el Ahorro del retiro y la Seguridad Social de los Mexicanos, que
regule el mecanismo de aportación indirecta (inclusive crear un reglamento con
aplicación al Fondo Nacional de Pensión Ciudadana, que se está
proponiendo).
· Establecimiento
de la Secretaría de la Seguridad Social, que integre al IMSS, ISSSTE y otros
organismos bajo un mismo marco de pensiones.
· Adaptación de la
Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos, para asegurar la asignación
exclusiva de los recursos.
Estas reformas garantizarían la permanencia y
eficacia del sistema implementado, blindando los recursos de posibles usos
indebidos.
Fortalecerán en todo momento a lo que ya
contamos en las leyes en materia de Seguridad Social, no se trata de sustituir
lo que ya existe, sino de la creación de nuevas leyes que permitan su
aplicación rigurosa desde el momento de su entrada en vigor.
Impacto social
El impacto esperado de esta iniciativa es
significativo, ya que como bien hemos mencionado dentro de los alcances y
beneficios, todo ciudadano se sentirá protegido a largo plazo, sabiendo que,
desde temprana edad, ya están participando en un mecanismo de ahorro para su
retiro y asi cuando se cumplan todos los requisitos, poder disfrutar de lleno
una pensión bajo los siguientes elementos:
· Garantizar una
pensión mínima equivalente a dos salarios mínimos para todos los adultos
mayores.
· Permitir retiros
parciales para fines educativos en el caso de estudiantes.
· Que la cobertura sea ampliada a los sectores de la ciudadanía mencionados anteriormente (precisando que los trabajadores informales serían los mayores beneficiados).
Contribución en la reducción de la pobreza (cuando las personas adultas lleguen a la vejez, dejando a un lado las limitaciones y carencias con las que en la actualidad viven; y a la construcción de un sistema más justo e inclusivo.
De esta manera, México se colocaría como un
referente en el Continente, rompiendo los paradigmas y los altos impactos que
sobresalen de forma abundante ya que se estaría enfocando en el hecho de que una
vez que lleguen a disfrutar una pensión, la disfruten con una buena calidad de
vida, al consolidar un esquema de pensiones universal y sostenible.
7. Conclusión
La seguridad social no debe ser un privilegio
exclusivo de los trabajadores formales, sino un derecho ciudadano universal.
Esta propuesta plantea una vía innovadora y viable para garantizar dicho
derecho mediante el ahorro indirecto y solidario, basado en el consumo con el
día a día de las erogaciones que se realizan dentro de territorio nacional, con
ello forzamos aún más la participación de contribuir con un objetivo en
particular desde el momento en que tenemos un consumismo, estamos siendo
participes de esta reforma en comento.
De aprobarse, México sería pionero en la
implementación de un sistema incluyente y equitativo, capaz de asegurar la
dignidad de todos sus ciudadanos en la vejez, que como bien se reitera con el
objetivo de contar con todos los beneficios en materia de salud y en el rubro
de fortalecer la economía de cada uno de los integrantes de una familia. Se
trata de un proyecto ambicioso, pero indispensable para muchos sectores que hoy
en día se pueden llegar a sentir hasta cierto punto abandonados, o en su caso, alejados
de una realidad a la que no tienen manera de formar parte, por las carencias en
las que pueden llegar a estar viviendo, con ello se puede construir un país más
justo, solidario y con mayores perspectivas a futuro.
Queda en el entendido que nuestros
legisladores podrán ampliar a fondo los pormenores de la presente propuesta,
sin perder de vista la parte medular u objetivos a lograr ya que se trata de un derecho
universal y no de una dádiva en general para nuestros ciudadanos.
Estrategias Clave:
Registro
Automático con dueño cierto: Implementar un sistema de registro automático para
planes de ahorro voluntario con opción de salida (opt-out).
Incentivos:
Utilizar incentivos para fomentar el ahorro individual, como beneficios
fiscales u otras contribuciones patronales.
Educación
Financiera: Proporcionar educación financiera y promover el uso de herramientas
digitales para mejorar la gestión de los ahorros.
Administración
de recursos mancomunada: Regulada por la Ley Orgánica generada por el ente
creado especialmente para ese fin y representante del sector privado, generando
cuentas claras.
Aplicar
a favor de personas físicas para efectos de seguridad social; en personas
morales de derecho privado para pago de impuestos y garantizar salarios de
trabajadores y, para personas morales oficiales, es decir, gobierno, para
apoyar a quienes nunca compran y los que no alcancen un mínimo.
Generar
seguridad financiera, eliminando incertidumbre, miedos y molestia de los
ciudadanos por programas similares.
Crear
la Secretaría de la Seguridad Social, que aglutine a los entes encargados de
velar por la Seguridad Social, como son el IMSS, ISSTE, Organismos Públicos
Descentralizados de la Secretaría de la Defensa Nacional, de los Gobiernos
Estatales, el Instituto Nacional del Fondo para la Vivienda para los
Trabajadores y demás.
Beneficios:
Mayor Cobertura: Ampliar la cobertura de seguridad social para incluir a trabajadores informales y personas vulnerables.
Mejora
en la Tasa de Reemplazo: Incrementar la tasa de reemplazo para garantizar una
pensión digna a los jubilados.
Fomento
del Ahorro Voluntario: Promover el ahorro voluntario para el retiro y regular
la dinámica y competencia en el mercado de Afores.
Los
fondos podrán generar intereses cuando se destinen para financiar obras del
gobierno, cuando se utilicen como crédito interno. Obteniendo un doble
beneficio, ya que éste último pagará una tasa menor a la que paga por créditos
en el extranjero.
En
caso de muerte seguirá el mismo trámite civil que una herencia.
No
existe monto límite, ni fecha de caducidad.
Recomendaciones:
Flexibilizar
Criterios: Para que trabajadores informales puedan cotizar a la seguridad
social y obtener una cuenta de ahorro para el retiro.
Sistema
Integral de Cuidados: Implementar un sistema integral de cuidados para promover
la participación de la mujer en el mercado laboral y mejorar el ahorro para el
retiro.
Con la participación de Erick Hazael Pérez Gómez y Elba Marisol Romero García
