viernes, 13 de marzo de 2009

Del legado Jurídico de Juárez

“Entre los individuos como entre las naciones,
el respeto al derecho ajeno es la paz”.

Benito Juárez, mexicano inmortal, ha pasado a la historia como un gran estadista y se le reconoce como uno de los grandes héroes de nuestra patria.

Normalmente se le ensalza por haber sido un niño indígena que aprendió a hablar español hasta los principios de su adolescencia, porque alcanzó la gobernatura de su estado natal y posteriormente la presidencia de la república.

También por las Leyes de Reforma, sin que la mayoría de la gente comprenda qué fueron o por qué dichas leyes son tan importantes.

Ahora trataré de comentar con Usted, amigo lector, cuál es el legado jurídico de Benito Juárez, para que podamos decir con pleno conocimiento de causa, la razón de la importancia de Benito Juárez en nuestra historia patria.

Para empezar, debemos tratar de ubicarnos en tiempo y espacio, en lo que representaba para el México, recién independizado, a no más de cincuenta años del Grito de Dolores, cuando la vida pública giraba en torno a la Iglesia.

La Iglesia Católica, factor de decisión en el país, tenía intervención en todas y cada una de las etapas de la actividad pública, sin intervenir de manera abierta y directa en la cuestión civil. Hay que recordar que Jesucristo señaló: “Dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”.

En esa separación virtual, la Iglesia no intervenía de manera abierta en los asuntos del gobierno, sin embargo, tenía el control de una gran diversidad de asuntos, por la simple y sencilla razón de que sólo la Iglesia había tenido en sus manos, la forma de llevar control de bienes, de registros de nacimiento, matrimonio y defunciones, etc.

En esa etapa del pueblo mexicano, surgieron un grupo de hombres ilustres, que formaron lo que han denominado “La Generación del 57”, entre los que destacaron el propio Juárez, Guillermo Prieto, Ignacio Ramírez, Miguel Lerdo de Tejada, Melchor Ocampo, Francisco Zarco y muchos más.

Tratando de ubicarnos en ese tiempo y partiendo de la base del dominio que la Iglesia tenía de los asuntos públicos, el solo pensar en desafiar a la autoridad eclesiástica, se antoja una hazaña sobrehumana.

Ahora vemos muy claro que la diferencia debe existir y que no es posible otorgarle a la Iglesia Católica que atienda asuntos civiles, pero en ese momento, esa era la realidad existente.

La cuestión política se dividía de muy clara manera entre los conservadores, encabezados por el clero, los militares, los terratenientes y todos aquellos que deseaban el status quo, es decir, aquellos que deseaban que las cosas permanecieran como estaban, sin cambio alguno, para poder seguir disfrutando de sus canonjías y prebendas.

Los liberales, por el contrario, eran aquellos que provenían, en su mayoría, de cuna humilde y con grandes deseos de prosperar en todos sentidos, incluyendo y de manera primordial, la educación, aspiración que aún late insatisfecha en nuestro país.

De esos sueños por lograr que México fuera una patria más fuerte y generosa, como la queremos ver ahora, surgió la idea de que debería darse la separación de la iglesia y el estado. Ello implicaba terminar con un paradigma que con carácter de dogma, es decir, de verdad que no necesita ser demostrada, prevalecía en la sociedad.

No fue un cambio drástico, de un día a otro, ni tan solo con una disposición cambió radicalmente el estado de las cosas. Fueron varios intentos, que se dieron en diversas leyes, de las que debemos distinguir principalmente cuatro etapas: 1) como antecedente, la Reforma de Valentín Gómez Farías, de 1833. 2) la segunda reforma, que consta de las leyes Lerdo, Juárez e Iglesias. 3) La Constitución de 1857, en que triunfaron los liberales moderados. 4) Las Leyes de Reforma o de guerra de contenido radical.

Ahora bien, mucho se habla de las Leyes Lerdo, Juárez e Iglesias, pero falta clarificar su contenido. La Ley Juárez (por Benito Juárez), de 1855, suprimía los privilegios del clero y del ejército, y declaraba a todos los ciudadanos iguales ante la ley. La Ley Lerdo (por Miguel Lerdo de Tejada), de 1856, obligaba a las corporaciones civiles y eclesiásticas a vender las casas y terrenos que no estuvieran ocupando a quienes los arrendaban, para que esos bienes produjeran mayores riquezas, en beneficio de más personas. La Ley Iglesias (por José María Iglesias), de 1857, regulaba el cobro de derechos parroquiales.

Las llamadas Leyes de Reforma son las siguientes:
Nacionalización de Bienes Eclesiásticos (1859)
Matrimonio Civil (1859)
Registro civil (1859)
Secularización de Cementerios (1859)
Días Festivos (1859)
Libertad de cultos (1860)
Hospitales y Beneficencia (1861)
Extinción de Comunidades Religiosas (1863).

De hecho, en la “Ley De Desamortización De Fincas Rústicas Y Urbanas Propiedad De Corporaciones Civiles Y Eclesiásticas” o Ley Lerdo, de 23 de junio de 1856 publicada por Ignacio Comonfort, presidente sustituto de la República mexicana, se establece, como única exposición de motivos, lo siguiente: “Que considerando que uno de los mayores obstáculos para la prosperidad y engrandecimiento de la Nación es la falta de movimiento o libre circulación de una gran parte de la propiedad raíz, base fundamental de la riqueza pública, y en uso de las facultades que me concede el plan proclamado en Ayutla y reformado en Acapulco, he tenido a bien decretar lo siguiente”, seguido del texto de la propia ley, que consta de 35 artículos que resulta un verdadero deleite conocerlos, por su claridad, sencillez y alcances, por lo que es indudable que el espíritu que los alentó, estaba más allá de lo que regía en su época.

Es importante mencionar también que la Ley del Registro Civil consta tan sólo de ocho artículos, sí, sólo ocho artículos, que fueron suficientes para detonar el cambio de formatos en la sociedad que era urgente realizar, pero que la población no se daba cuenta de esa necesidad.

Como esa, todas y cada una de las Leyes de Reforma tienen una gran carga de emotividad y deberían darse a conocer a la población, más que como un simple antecedente histórico, como parte de la tarea de crear conciencia del valor de nuestra patria.

Ir en contra de lo establecido, de lo que funciona, de lo que debe hacerse “por que así se hace”, resulta una tarea nada fácil para el que intente emprenderla, ya se trate de leyes, de procedimientos administrativos, de manuales de producción, vamos, cuando se trata de provocar un cambio que rompa la forma de hacerse las cosas.

Estamos acostumbrados y la inercia es el principal soporte, a hacer las cosas de una manera, como marcan los cánones, como “debe hacerse”, cuando esa es la única razón para que se hagan como se hacen. Y esa, en modo alguno es razón suficiente, cuando existe una propuesta diferente, un modo distinto de ver las cosas, una solución más justa que realmente tienda a mejorar y proteger a la inmensa mayoría, a pesar de que lastime los intereses creados de unos cuantos.

Ése y no otro, es el legado jurídico e histórico de Juárez: Luchar por aquello que consideremos vale la pena, a pesar de que vaya en contra de lo establecido y a pesar de que nuestra quimera resulte tan ajena a la realidad, como resultó en su tiempo la sola idea de que la Iglesia dejara de controlar los registros o partidas de nacimiento, matrimonio y defunción, algo insólito, una idea que sólo podía provenir de alguien con intención de acabar con la Iglesia, pero que ahora, al tiempo y bien visto, resulta lo más lógico.

Así se debe entender el legado jurídico del Presidente Benito Juárez: como el ejemplo de que por más altos y difíciles que parezcan los sueños, con voluntad y compromiso se pueden lograr.

Nuestra voluntad y nuestro compromiso deben estar encaminados a forjar nuestros sueños y luego, llevarlos a la realidad. Suena fácil, pero ésa es la diferencia entre el estadista del tamaño de Juárez, el Benemérito de las Américas y el ciudadano común.

Nosotros no queremos ser comunes. Luchemos por engrandecernos.

Me gustaría conocer su opinión.

Vale la pena.

José Manuel Gómez Porchini.
Comentarios: jmgomezporchini@gmail.com

Monterrey, N.L., a 15 de marzo de 2006.
Publicado en El Porvenir el 24 de marzo de 2006

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